Reglamento Académico

Extracto de puntos esenciales del Reglamento de Estudiantes

  • Artículo 3: CONDUCTO REGULAR
El conducto regular a seguir por el(la) alumno(a), en su relación con la Institución, será:
  • Artículo 27: INSCRIPCIÓN DE ASIGNATURAS
En el 1er semestre de la carrera, los(las) alumnos(as) quedarán inscritos en forma automática en todas las asignaturas y actividades curriculares del Plan de Estudios programadas para ese nivel.
A partir del 2do semestre, los(as) alumnos(as) deberán seguir los procedimientos establecidos por la Dirección Académica, para establecer su carga académica.
  • Artículo 35: TIPOS DE CALIFICACIONES
  1. 1. Calificación Parcial:
    El número mínimo de calificaciones parciales será de 3 por asignatura.
  2. 2. Calificación de Presentación a Examen:
    La ponderación será de al menos un 70% de la Calificación Final.
  3. 3. Calificación de Examen de Asignatura:
    Examen de carácter obligatorio y tendrá una ponderación de al menos un 30% de la Calificación Final.
  4. 4. Calificación Final:
    Sumatoria de las ponderaciones de la calificación de presentación a examen y de la calificación de examen de la asignatura.
  5. 5. Calificación de Práctica Profesional:
    Supone el cumplimiento satisfactorio de los objetivos y especificaciones aplicables a dicha actividad y será calificada en escala de 1 a 7.
  6. 6. Calificación de Taller, Seminario de Título o Informe Final de Práctica, según la carrera:
    Corresponderá a aquellas otorgadas por el Profesor Guía, con la debida ponderación.
  7. 7. Calificación del Taller de demostración de Competencias:
    Resultará de la evaluación que emita la comisión encargada en base a las actividades que se establezcan en cada carrera.
  8. 8. Calificación de Titulación:
    Corresponderá a la nota final de la carrera, la que se calculará atendiendo las siguientes ponderaciones:
  9. a. Calificaciones de las asignaturas de la carrera excepto el Taller de demostración de competencias: 65%.
  10. b. Calificación de Práctica Profesional: 10%.
  11. c. Calificación de Taller de demostración de competencias: 25%.
  • Artículo 37: APROBACIÓN DE ASIGNATURAS
Se considerará tanto el rendimiento académico y la asistencia a clases. La asistencia a clases es uno de los requisitos de aprobación de las asignaturas, pues los programas de estudio contemplan objetivos que se orientan al desarrollo progresivo de conocimientos, habilidades y comportamientos de carácter cognitivo y psicomotor, que requieren necesariamente la presencia del alumno(a) en el laboratorio, taller, sala de clases y demás lugares donde se desarrollen actividades académicas.
  • Artículo 40: CAUSALES PARA JUSTIFICAR INASISTENCIAS
  1. 1. Problemas de salud del(la) alumno(a) debidamente justificado mediante certificado médico o licencia médica.
  2. 2. Fallecimiento de familiar directo perteneciente al núcleo familiar: padre, madre, hermano, hijo o cónyuge. Deberá ser debidamente justificado mediante certificado de defunción.
  3. 3. Matrimonio del alumno(a) debidamente justificado mediante certificado de matrimonio y/o acuerdo de unión civil.
  4. 4. Asunto laboral debidamente justificado mediante un certificado especial de trabajo, el que deberá contener: timbre de la empresa, firma del Jefe directo y nombre y teléfonos que permitan una verificación.
  • Artículo 44: CAUSALES DE ELIMINACIÓN DE UN PROGRAMA DE ESTUDIOS
  1. 1. Aquel alumno que fuese reprobado en dos oportunidades en más de cuatro asignaturas durante su carrera.
  2. Un alumno que repruebe hasta en tres oportunidades dos asignaturas de su carrera.
  3. 3. Aquel alumno que reprueba la totalidad de la carga inscrita en un semestre.
  • Artículo 53
La nota mínima de aprobación de las prácticas será de 5,0, y la asistencia de un 100% (cumplimiento total del número de horas comprometidas). En la aprobación de la Práctica Profesional, se considerarán tanto las cualidades técnicas del(la) alumno(a), como su conducta al interior del Centro.
  • Artículo 78
La congelación de estudios podrá ser de un semestre cada vez. Una vez finalizado el periodo de congelación, el(la) alumno(a) debe matricularse e inscribir asignaturas en el semestre inmediatamente siguiente, caso contrario se entenderá que ha abandonado sus estudios y será eliminado.
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